Koral Data

Verifactu, SII y factura electrónica: cuál te aplica

Tres obligaciones que se confunden a menudo: qué hace cada una, a quién afecta, desde cuándo y cuáles te tocan a ti, con una tabla comparativa.

David Pruñonosa3 min de lectura

En los próximos años, casi todas las empresas españolas van a tener que cambiar algo en cómo facturan. Las tres normas de las que más se habla son Verifactu, el SII y la factura electrónica obligatoria. Se parecen en que todas acaban dando a Hacienda más información sobre tus facturas, pero cada una persigue algo distinto.

Las tres, de un vistazo

Verifactu SII Factura electrónica
Qué busca Que el programa no pueda alterar ni ocultar facturas Llevar los libros del IVA en la sede de la AEAT Que las facturas entre empresas viajen en un formato estructurado y saber cuándo se pagan
Quién Quien factura con un programa informático y no está en el SII Más de 6.010.121,04 € de volumen, REDEME, grupos de IVA y voluntarios Todos los empresarios y profesionales, en sus facturas a otros empresarios y profesionales
Qué se envía Un registro por factura, con huella encadenada (o se guarda en el programa) Los datos de cada factura emitida y recibida La propia factura, y después si se acepta y cuándo se paga
Plazo Al emitir la factura 4 días naturales, sin contar fines de semana ni festivos nacionales 4 días para informar de los estados
Desde 1 de enero o 1 de julio de 2027 (anunciado su aplazamiento a octubre de 2028) Ya está en marcha, desde 2017 6 de octubre de 2027 (más de 8 M€) o 6 de octubre de 2028

Cómo saber cuáles te tocan

¿Estás en el SII?

  • Sí: no tienes que adaptarte a Verifactu. Sí tendrás que emitir y recibir facturas electrónicas.
  • No: tu programa de facturación tendrá que cumplir Verifactu, y además tendrás que emitir y recibir facturas electrónicas.

¿Tu volumen de operaciones supera los 8 millones de euros?

  • Sí: la factura electrónica te llega el 6 de octubre de 2027.
  • No: te llega el 6 de octubre de 2028.

¿Solo vendes a consumidores finales?

  • La factura electrónica entre empresas no te afecta en esas ventas, pero Verifactu sí, si las facturas simplificadas salen de un programa o de una caja registradora. Hay excepciones para los autónomos en módulos y en recargo de equivalencia: las repasamos en ¿Afecta Verifactu a mi empresa? Caso por caso.

Tres ejemplos

  • Una tienda de muebles, constituida como sociedad limitada, que vende a particulares y factura 900.000 euros: Verifactu en las facturas y tickets. Factura electrónica en las facturas que emita a empresas desde octubre de 2028; las de sus proveedores grandes le llegarán en electrónico desde octubre de 2027.
  • Una distribuidora que factura 12 millones: está obligada al SII, así que no tiene que adaptarse a Verifactu. Factura electrónica desde octubre de 2027, con PDF adjunto durante el primer año.
  • Un taller de cinco personas, constituido como sociedad limitada: Verifactu y factura electrónica, esta desde octubre de 2028.

Lo que tienen en común

Las tres premian lo mismo: tener la facturación, las compras, la contabilidad y los cobros en un solo sitio, con los datos de clientes y proveedores bien puestos. Cuando la factura, el asiento y el cobro están enlazados, cumplir es casi automático. Cuando cada cosa va en un programa distinto, cada norma nueva obliga a cuadrar a mano.

Tienes cada norma explicada con detalle en:

Cómo lo resuelve Koral Data

Koral Data está pensado para la normativa española: Verifactu en cada factura y cada ticket, libros de IVA y modelos de la AEAT generados desde las facturas, y FACe para facturar a la Administración. Todo en el mismo programa que la contabilidad y la tesorería. Puedes verlo en ventas y facturación y en impuestos.

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Hecho en Vinaròs.