Calendario fiscal 2027 para autónomos, pymes y grandes empresas
Fechas clave de 2027 mes a mes: IVA, retenciones, pagos fraccionados, Sociedades, renta, Verifactu y factura electrónica, según cada tipo de empresa.

Este es el calendario de 2027 con las fechas que afectan a casi todas las empresas y autónomos. Las hemos calculado con los plazos generales de cada modelo: cuando el último día cae en sábado, domingo o festivo nacional, el plazo pasa al siguiente día hábil, y eso en 2027 mueve varias fechas importantes.
La Agencia Tributaria publica su calendario oficial a finales de año. Cuando salga, revisaremos este artículo por si cambia alguna fecha. Si domicilias el pago, recuerda que el plazo para domiciliar termina unos días antes.
Mes a mes
Enero
| Hasta | Qué | Quién |
|---|---|---|
| 20 de enero | Retenciones del 4.º trimestre de 2026: modelos 111, 115 y 123 | Quien tenga trabajadores, profesionales o alquileres con retención |
| 1 de febrero | IVA del 4.º trimestre (303) y resumen anual del IVA (390) | Empresas y autónomos que declaran el IVA por trimestres |
| 1 de febrero | Pago fraccionado del 4.º trimestre (130 o 131) | Autónomos en estimación directa (130) o en módulos (131) |
| 1 de febrero | Operaciones intracomunitarias del 4.º trimestre (349) | Quien compra o vende a otras empresas de la UE |
| 1 de febrero | Resúmenes anuales de retenciones (190, 180, 193) | Quien presentó los modelos 111, 115 o 123 |
| 1 de febrero | Declaración de las comunidades de bienes (184) | Comunidades de bienes y sociedades civiles sin personalidad jurídica |
El 30 y el 31 de enero de 2027 caen en fin de semana, por eso estos plazos terminan el lunes 1 de febrero.
Febrero y marzo
| Hasta | Qué | Quién |
|---|---|---|
| 1 de marzo | Operaciones con terceros de más de 3.005,06 euros (347) | Empresas y autónomos, salvo los que están en el SII |
| 31 de marzo | Bienes y derechos en el extranjero (720) | Quien tenga cuentas, valores o inmuebles fuera de España por encima de los límites |
El modelo 347 se presenta en febrero, pero el 28 de febrero de 2027 es domingo: el plazo termina el lunes 1 de marzo.
Abril
| Hasta | Qué | Quién |
|---|---|---|
| 20 de abril | IVA del 1.er trimestre (303) | Quien declara el IVA por trimestres |
| 20 de abril | Pago fraccionado del 1.er trimestre (130 o 131) | Autónomos |
| 20 de abril | Retenciones del 1.er trimestre (111, 115, 123) | Quien tenga retenciones |
| 20 de abril | Intracomunitarias del 1.er trimestre (349) | Si declaras por trimestres |
| 20 de abril | Primer pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades (202) | Sociedades obligadas a hacer pagos fraccionados |
| Abril a 30 de junio | Renta y patrimonio de 2026 (100 y 714) | Personas físicas, incluidos los autónomos |
La campaña de la renta empieza normalmente a principios de abril; la fecha exacta la fija cada año la Agencia Tributaria.
Junio y julio
| Hasta | Qué | Quién |
|---|---|---|
| 30 de junio | Fin de la campaña de la renta de 2026 | Personas físicas |
| 30 de junio | Aprobación de las cuentas anuales de 2026 | Sociedades con el ejercicio igual al año natural |
| 20 de julio | 2.º trimestre: 303, 130, 131, 111, 115, 123 y 349 | Los mismos que en abril |
| 26 de julio | Impuesto sobre Sociedades de 2026 (200) | Sociedades con el ejercicio igual al año natural |
| 30 de julio | Depósito de las cuentas anuales en el Registro Mercantil | Sociedades que aprobaron sus cuentas el 30 de junio |
El Impuesto sobre Sociedades se presenta en los 25 días naturales siguientes a los seis meses desde el cierre del ejercicio: del 1 al 25 de julio. En 2027, el 25 cae en domingo, así que el plazo termina el lunes 26.
Octubre
| Hasta | Qué | Quién |
|---|---|---|
| 6 de octubre | Empieza la factura electrónica obligatoria entre empresas | Empresas y profesionales con más de 8 millones de euros de volumen de operaciones |
| 20 de octubre | 3.er trimestre: 303, 130, 131, 111, 115, 123 y 349 | Los mismos que en abril |
| 20 de octubre | Segundo pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades (202) | Sociedades obligadas |
Noviembre y diciembre
| Hasta | Qué | Quién |
|---|---|---|
| 30 de noviembre | Operaciones vinculadas (232) | Sociedades con operaciones con socios o empresas del grupo por encima de los límites |
| 30 de noviembre | Alta o baja voluntaria en el SII para 2028 (036) | Quien quiera entrar en el SII o salir de él |
| 20 de diciembre | Tercer pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades (202) | Sociedades obligadas |
| 31 de diciembre | Renuncia a módulos o al régimen simplificado del IVA para 2028 (036 o 037) | Autónomos en estimación objetiva |
Si declaras cada mes
Las grandes empresas (más de 6.010.121,04 euros de volumen de operaciones), las inscritas en la devolución mensual del IVA y las que están en el SII no siguen el calendario trimestral del IVA:
- IVA (303): cada mes, hasta el día 30 del mes siguiente. La de diciembre de 2026 vence también el 1 de febrero de 2027.
- Retenciones (111, 115, 123): las grandes empresas las presentan cada mes, del 1 al 20 del mes siguiente. La de julio se puede presentar hasta el 20 de septiembre.
- No presentan los modelos 347 ni 390 si están en el SII.
Lo que corresponde a cada tipo de empresa
Autónomo en estimación directa
- Cada trimestre: 303 y 130, y el 111 y el 115 si tienes trabajadores, profesionales o un local alquilado.
- En enero: 390, 190 y 180 si corresponde.
- En febrero: 347.
- De abril a junio: la renta.
Autónomo en módulos
- Cada trimestre: 303 (régimen simplificado) y 131.
- En diciembre: decidir si sigues en módulos el año siguiente.
Sociedad (pyme)
- Cada trimestre: 303, 111 y 115, y el 349 si operas con la UE.
- En abril, octubre y diciembre: los pagos fraccionados (202), si estás obligada.
- En julio: el Impuesto sobre Sociedades (200) y el depósito de cuentas.
- En enero y febrero: los modelos anuales (390, 190, 180, 347).
Gran empresa o empresa en el SII
- Cada mes: el IVA y las retenciones.
- Cuatro días para enviar cada factura al SII.
- Desde el 6 de octubre de 2027: la factura electrónica, si superas los 8 millones de euros.
Las dos novedades de 2027
- Factura electrónica obligatoria entre empresas: desde el 6 de octubre de 2027 para quien supere los 8 millones de euros de volumen de operaciones; para el resto, desde el 6 de octubre de 2028. Lo explicamos en factura electrónica obligatoria entre empresas.
- Verifactu: las fechas legales siguen siendo el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto, pero Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 que las retrasará a octubre de 2028. El aplazamiento tendrá efecto cuando se publique en el BOE. Lo seguimos en Verifactu: qué es, a quién afecta y cuándo es obligatorio.
Cómo llegar a cada fecha sin agobios
- Lleva la facturación y las compras al día. Si cada factura se registra cuando llega, el 303 sale solo; si se acumulan, el día 18 es un problema.
- Concilia el banco cada semana. Los descuadres se encuentran mejor con siete días de movimientos que con noventa.
- Revisa el borrador antes de la última semana. Así hay tiempo de pedir una factura que falta o corregir un error.
- Pon las fechas en el calendario del equipo, también las de los pagos domiciliados.
Cómo lo resuelve Koral Data
En Koral Data, las facturas emitidas y recibidas alimentan los libros de IVA y los borradores de los modelos de la Agencia Tributaria (303, 347, 349, 390…), y la contabilidad se genera a la vez que facturas. Cuando llega el día 20, los números ya están hechos. Puedes verlo en el módulo de impuestos.
Fuentes
- Agencia Tributaria: calendario del contribuyente.
- Orden HAC/1028/2026 y Real Decreto 238/2026: factura electrónica obligatoria.
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