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Base de cotización de autónomos: cómo ajustarla en 2026 sin llevarte sorpresas

Tramos y bases de 2026, cómo calcular tus rendimientos netos, cuándo cambiar la base en Import@ss y qué pasa en la regularización si te quedas corto o te pasas.

Benjamin Miralles12 min de lectura

Desde 2023, la cuota de autónomos depende de lo que ganas. Sobre el papel es justo; en la práctica, a muchos autónomos les genera una duda que nadie les resuelve: qué base elegir si todavía no sabes cuánto vas a ganar este año. Si eliges una base baja, puede llegarte una reclamación dos años después. Si eliges una alta, adelantas dinero que te devolverán más tarde.

En este artículo explicamos cómo funciona el sistema en 2026, cómo calcular tus rendimientos, cuándo y cómo cambiar la base, y una forma sencilla de no equivocarte mucho. Es información general: tu caso concreto (sociedad, pluriactividad, módulos, tarifa plana…) revísalo con tu asesor.

Cómo funciona la cotización por ingresos reales

El sistema lo creó el Real Decreto-ley 13/2022 y está en el artículo 308 de la Ley General de la Seguridad Social. Funciona en tres pasos:

  1. Eliges una base provisional según los rendimientos netos que prevés tener en el año, en promedio mensual.
  2. Pagas cada mes la cuota que corresponde a esa base.
  3. Al año siguiente se regulariza: la Agencia Tributaria comunica a la Seguridad Social tus rendimientos reales, según la declaración de la renta, y la Tesorería General de la Seguridad Social compara lo que has pagado con lo que te tocaba.

Puedes elegir cualquier base entre la base mínima de tu tramo y la base máxima del régimen (5.101,20 euros al mes en 2026). Lo que no se puede hacer es cotizar por debajo de la base mínima del tramo que te corresponde: esa diferencia es la que te reclaman en la regularización.

Cómo se calculan los rendimientos netos

El punto de partida es el rendimiento neto de tu actividad, calculado con las normas del IRPF: ingresos menos gastos deducibles. Sobre esa cifra, la Seguridad Social hace dos ajustes:

  1. Suma las cuotas de autónomo que has pagado (si estás en estimación directa). En la renta las restas como gasto, pero para calcular la cuota se vuelven a sumar.
  2. Resta un 7 % por gastos genéricos. Si eres autónomo societario (socio con control o administrador de una sociedad, o socio de una sociedad laboral) y has estado al menos 90 días de alta en el año, la deducción es del 3 %.

El resultado se divide entre 12 (o entre los meses que hayas estado de alta) y te da el rendimiento neto mensual que decide tu tramo.

Un ejemplo con números redondos:

Concepto Importe anual
Ingresos de la actividad 40.000,00 €
Gastos deducibles (incluidas las cuotas de autónomo) −14.000,00 €
Rendimiento neto en la renta 26.000,00 €
Más las cuotas de autónomo pagadas +3.631,80 €
Rendimiento computable 29.631,80 €
Menos el 7 % de gastos genéricos −2.074,23 €
Rendimientos netos a efectos de cotización 27.557,57 €
Promedio mensual 2.296,46 €

Con 2.296,46 euros al mes, este autónomo está en el tramo 6 de la tabla general (de 2.030 a 2.330 euros), con una base mínima de 1.274,51 euros.

Si eres autónomo societario, además de los rendimientos de tu actividad se cuentan los rendimientos del trabajo que cobras de la sociedad y, en ciertos casos, los dividendos. Si estás en módulos, se toma el rendimiento neto previo de la estimación objetiva. Aquí el asesor es especialmente útil.

Tramos y bases de 2026

A falta de Presupuestos para 2026, el Real Decreto-ley 3/2026 mantuvo para este año los mismos tramos y bases mínimas que en 2025 y solo actualizó la base máxima. Las cifras oficiales están en el artículo 18 de la Orden PJC/297/2026, de cotización para 2026, publicada en el BOE el 31 de marzo:

Tramo Rendimiento neto mensual Base mínima Base máxima Cuota con la base mínima
Tabla reducida
1 Hasta 670 € 653,59 € 718,94 € 205,88 €
2 De 670 a 900 € 718,95 € 900,00 € 226,47 €
3 De 900 a 1.166,70 € 849,67 € 1.166,70 € 267,65 €
Tabla general
1 De 1.166,70 a 1.300 € 950,98 € 1.300,00 € 299,56 €
2 De 1.300 a 1.500 € 960,78 € 1.500,00 € 302,65 €
3 De 1.500 a 1.700 € 960,78 € 1.700,00 € 302,65 €
4 De 1.700 a 1.850 € 1.143,79 € 1.850,00 € 360,29 €
5 De 1.850 a 2.030 € 1.209,15 € 2.030,00 € 380,88 €
6 De 2.030 a 2.330 € 1.274,51 € 2.330,00 € 401,47 €
7 De 2.330 a 2.760 € 1.356,21 € 2.760,00 € 427,21 €
8 De 2.760 a 3.190 € 1.437,91 € 3.190,00 € 452,94 €
9 De 3.190 a 3.620 € 1.519,61 € 3.620,00 € 478,68 €
10 De 3.620 a 4.050 € 1.601,31 € 4.050,00 € 504,41 €
11 De 4.050 a 6.000 € 1.732,03 € 5.101,20 € 545,59 €
12 Más de 6.000 € 1.928,10 € 5.101,20 € 607,35 €

La cuota la hemos calculado con el 31,50 %, la suma de los tipos que fija la Orden para 2026: 28,30 % por contingencias comunes, 1,30 % por contingencias profesionales, 0,90 % por cese de actividad, 0,10 % por formación profesional y 0,90 % del mecanismo de equidad intergeneracional. Puede variar unos céntimos frente a la que te cobre la Seguridad Social, y algunas situaciones (por ejemplo, la pluriactividad sin cubrir la incapacidad temporal en el régimen de autónomos) tienen reducciones.

Para 2027 todavía no hay tablas. La propuesta del Gobierno de subir las bases entre 2026 y 2028 no salió adelante, y a fecha de hoy no se ha publicado nada para el año que viene. Si se mantiene la prórroga, lo previsible es que sigan las mismas, pero no es seguro: cuando salgan, actualizaremos este artículo.

Cuándo y cómo cambiar la base

Puedes cambiar la base hasta seis veces al año. El cambio no es inmediato: se aplica a partir del primer día del bimestre siguiente.

Si lo pides entre… Se aplica desde…
1 de enero y el último día de febrero 1 de marzo
1 de marzo y 30 de abril 1 de mayo
1 de mayo y 30 de junio 1 de julio
1 de julio y 31 de agosto 1 de septiembre
1 de septiembre y 31 de octubre 1 de noviembre
1 de noviembre y 31 de diciembre 1 de enero del año siguiente

Así que, si hoy ves que este año vas a ganar bastante más o bastante menos de lo previsto, tienes hasta el 31 de octubre para que la nueva base se aplique en noviembre y diciembre de 2026.

El cambio se hace en Import@ss, el portal de la Tesorería General de la Seguridad Social, en el servicio «Base de cotización y rendimientos». Necesitas certificado digital o Cl@ve. Con la solicitud tienes que declarar el promedio mensual de los rendimientos netos que prevés para el año. Import@ss tiene también un simulador de cuota que te enseña qué base y qué cuota te corresponden según tus rendimientos. También puedes hacer la cuenta con nuestra calculadora de la cuota de autónomos, que te dice además si tu base actual se queda corta.

La regularización anual

La regularización se hace de oficio: no tienes que pedirla. La Agencia Tributaria pasa a la Seguridad Social los rendimientos de tu declaración de la renta y la Tesorería calcula tu base definitiva. Hay tres resultados posibles:

Si tu base provisional ha estado… Qué pasa
Dentro del tramo que te corresponde (entre su base mínima y su base máxima) Nada: se queda como estaba
Por debajo de la base mínima de tu tramo Te reclaman la diferencia. Tienes hasta el último día del mes siguiente a la notificación para pagarla sin recargos ni intereses
Por encima de la base máxima de tu tramo Te devuelven la diferencia de oficio, sin intereses, antes del 30 de abril del año siguiente a aquel en que Hacienda comunicó tus datos

Los resultados se notifican por vía electrónica, así que conviene tener activadas las notificaciones de la Seguridad Social.

En la práctica, la regularización llega con casi dos años de retraso: la de 2024 se ha notificado a principios de 2026, después de la renta de 2024. La de 2025 se espera para 2027 y la de 2026, para 2028; no hay fechas oficiales. Ten presente también que:

  • Si no presentas la renta, o la presentas sin declarar ingresos de la actividad en estimación directa, la base definitiva es la mínima del grupo 7 del Régimen General: 1.424,40 euros al mes en 2026.
  • Si Hacienda corrige después tus rendimientos, se puede revisar la regularización, en un sentido o en otro.
  • Los meses en los que has cobrado una prestación (baja, nacimiento, cese de actividad…) no se regularizan: esa base se queda como definitiva.

Qué pasa si eliges una base demasiado baja o demasiado alta

Si te quedas corto, pagas menos cada mes, pero la diferencia te la reclaman de golpe en la regularización. En el ejemplo de antes, si ese autónomo cotizó todo el año por 960,78 euros (la base mínima del tramo 3) y le tocaba el tramo 6, la diferencia es de unos 1.186 euros, a pagar en un mes. Además, mientras tanto has cotizado menos para tus prestaciones: si caes de baja, la prestación se calcula con la base que tenías, no con la que te correspondía.

Si te pasas, adelantas dinero a la Seguridad Social durante casi dos años y te lo devuelven sin intereses. Para tesorería no es lo ideal, pero no es una sanción: es un ahorro forzoso. Si cotizas dentro de tu tramo pero cerca de su base máxima, no te devuelven nada, y esa base mayor cuenta para tus prestaciones y tu jubilación.

Por eso, si dudas entre dos tramos, suele ser más tranquilo quedarse en el de arriba: el peor resultado es una devolución, no una reclamación.

Una estrategia sencilla: revisar cada trimestre

No hace falta adivinar el año en enero. Basta con revisar la cifra cada trimestre, aprovechando que ya preparas el IVA y el pago fraccionado:

  1. Al cerrar cada trimestre, saca de tu contabilidad los ingresos y los gastos acumulados del año.
  2. Calcula el rendimiento neto acumulado, súmale las cuotas de autónomo que has pagado y quítale el 7 % (o el 3 %).
  3. Proyecta el año: si llevas seis meses, multiplica por dos; si tu negocio es estacional, usa lo que sabes de otros años.
  4. Divide entre 12 y busca tu tramo en la tabla.
  5. Si has cambiado de tramo, cambia la base en Import@ss antes de que termine el bimestre en curso.

Las fechas encajan bien con el calendario fiscal: después de presentar el primer trimestre (abril) puedes pedir el cambio para el 1 de mayo; después del segundo (julio), para el 1 de septiembre; después del tercero (octubre), para el 1 de noviembre. En nuestro calendario fiscal de 2027 tienes todas las fechas de los trimestres.

Y si a mitad de año ves que te has quedado corto, subir la base para los meses que quedan reduce lo que te reclamarán después, porque la regularización se hace sobre el total del año.

Casos especiales

Tarifa plana. Si te das de alta por primera vez, o no has estado de alta en los dos años anteriores (tres, si ya la disfrutaste), pagas una cuota reducida de 80 euros al mes durante los primeros 12 meses. La Seguridad Social indica que, con el mecanismo de equidad intergeneracional, el total es de 88,64 euros. Puedes pedir otros 12 meses si prevés ganar menos que el salario mínimo. Durante los primeros 12 meses no hay regularización; en los 12 siguientes, solo si tus rendimientos superan el salario mínimo. Un matiz: la ley fijaba los 80 euros para 2023, 2024 y 2025 y dejaba los años siguientes a los Presupuestos, que no se han aprobado. La Seguridad Social sigue aplicando los 80 euros en 2026.

Pluriactividad. Si además trabajas por cuenta ajena, la cobertura de la baja por enfermedad común en el régimen de autónomos es voluntaria (si no la eliges, la cuota tiene una pequeña reducción). Y si entre los dos regímenes tus cotizaciones por contingencias comunes de 2026 superan 17.323,68 euros, te devuelven el 50 % del exceso, con un tope, en los cuatro meses siguientes a la regularización. Para regularizar, Hacienda solo pasa los rendimientos de la actividad, no tu nómina.

Autónomo societario. Administradores y socios con control de una sociedad, y socios de sociedades laborales, aplican el 3 % de gastos genéricos en lugar del 7 %, y tienen una base mínima propia: en 2026 pueden mantener la base provisional de 2025 (1.000 euros), pero en la regularización la base definitiva no puede ser inferior a 1.424,40 euros, la mínima del grupo 7 del Régimen General.

La cuota, como gasto. En estimación directa, las cuotas de autónomo son gasto deducible en el IRPF. Si eres autónomo societario y la sociedad te paga la cuota, el tratamiento fiscal es distinto (para ti suele ser retribución en especie y para la sociedad, gasto): consúltalo con tu asesor.

Cómo te ayuda Koral Data

El cambio de base lo haces tú o tu asesor en Import@ss. Lo que Koral Data te da es la cifra de partida. Si registras tus facturas emitidas y recibidas, la contabilidad se genera a la vez, y el balance de sumas y saldos y la cuenta de pérdidas y ganancias te muestran en cualquier momento tus ingresos y gastos acumulados del año. Con eso, calcular cada trimestre tus rendimientos netos y ver si has cambiado de tramo es cuestión de minutos, no de reconstruir el año con extractos del banco. Lo contamos con más detalle en cómo te ayuda Koral Data a organizarte siendo autónomo.

Fuentes

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